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Jubilación

Pensión de jubilación en el extranjero: convenios de la Seguridad Social y cómo cobrarla

Los españoles que han trabajado en otros países pueden sumar cotizaciones del extranjero para acceder a la pensión de jubilación. Los convenios bilaterales y las normas de la UE permiten totalizar periodos cotizados y cobrar la pensión desde cualquier país del mundo.

Fuente: Ministerio de Inclusión / Seguridad Social

Trabajar en el extranjero no tiene por qué penalizar la pensión de jubilación. España tiene suscritos convenios de Seguridad Social con decenas de países que permiten sumar los periodos cotizados en el extranjero a los cotizados en España. Esto se conoce como totalización de cotizaciones y puede ser clave para acceder a la pensión o aumentar su cuantía.

¿Qué es la totalización de cotizaciones?

La totalización permite sumar los periodos de cotización de diferentes países para cumplir los requisitos mínimos exigidos por cada uno de ellos. Sin embargo, cada país paga únicamente la parte proporcional que corresponde a los años cotizados en su territorio.

Ejemplo: Si cotizaste 10 años en España y 5 años en Alemania:

  • España pagará una pensión calculada sobre los 10 años cotizados aquí.
  • Alemania pagará otra pensión calculada sobre los 5 años cotizados allí.
  • Para que cada país reconozca tu derecho, puede utilizar el total de 15 años si no alcanzas el mínimo individualmente.

Países con convenio con España

Unión Europea y países asimilados

En los países de la UE, el Espacio Económico Europeo (EEE) y Suiza, la coordinación de pensiones se rige por el Reglamento (CE) 883/2004, que garantiza la totalización automática sin necesidad de convenio bilateral específico.

Países incluidos: Alemania, Francia, Italia, Portugal, Países Bajos, Bélgica, Austria, Suecia, Dinamarca, Finlandia, Irlanda, Grecia, Polonia, República Checa, Hungría, Rumanía, Bulgaria, Croacia y todos los demás estados miembros, más Noruega, Islandia, Liechtenstein y Suiza.

Convenios bilaterales fuera de la UE

España tiene convenios bilaterales con más de 25 países fuera de la UE, entre ellos:

País Cobertura principal
Estados Unidos Jubilación, invalidez y supervivencia
Canada Jubilación, invalidez y supervivencia
México Jubilación e invalidez
Argentina Jubilación, invalidez y supervivencia
Brasil Jubilación, invalidez y supervivencia
Chile Jubilación, invalidez y supervivencia
Colombia Jubilación e invalidez
Marruecos Jubilación, invalidez y supervivencia
Ucrania Jubilación e invalidez
Australia Jubilación e invalidez
Japón Jubilación e invalidez
Corea del Sur Jubilación e invalidez

Lista completa disponible en la web de la Seguridad Social española.

Cómo solicitar la pensión si has trabajado en el extranjero

Paso 1: Reunir la documentación

  • DNI o pasaporte en vigor
  • Historial de cotizaciones en España (disponible en tu vida laboral en la Seguridad Social)
  • Documentación que acredite los periodos cotizados en el extranjero (certificados de empresas, extractos de la seguridad social del país correspondiente)

Paso 2: Presentar la solicitud

La solicitud se tramita en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS):

  • En España: A través de la sede electrónica de la Seguridad Social, en cualquier Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) o por correo postal.
  • Desde el extranjero: A través de la institución de Seguridad Social del país de residencia, que se encarga de transmitir la solicitud al INSS.

Paso 3: Coordinación entre países

El INSS se comunica con las instituciones de los países donde has cotizado para intercambiar información y calcular la pensión que corresponde a cada uno. Este proceso puede tardar entre 6 y 18 meses dependiendo de los países implicados.

Cómo cobrar la pensión española desde el extranjero

Una vez reconocida la pensión, el cobro puede realizarse:

  • Transferencia bancaria internacional: La Seguridad Social puede transferir la pensión directamente a una cuenta bancaria en el extranjero. Se recomienda proporcionar el número IBAN completo.
  • Cuenta bancaria en España: Si se mantiene una cuenta en España, la pensión se ingresa con normalidad.

Certificado de vida (fe de vida)

Para seguir cobrando la pensión en el extranjero es obligatorio acreditar periódicamente estar con vida mediante el certificado de fe de vida. En 2026, la Seguridad Social envía un aviso anual a los pensionistas en el extranjero para que lo tramiten.

Este certificado puede obtenerse:

  • En el consulado español del país de residencia.
  • A través de la aplicación móvil Import@ss de la Seguridad Social (disponible para residentes en determinados países).
  • Mediante el notario o autoridad local competente del país de residencia, con traducción apostillada si es necesario.

Impacto fiscal: convenios de doble imposición

Las pensiones cobradas desde el extranjero pueden estar sujetas a tributación en España o en el país de residencia, dependiendo de los convenios de doble imposición. En general:

  • Si resides en España y cobras pensión extranjera, tributas en España.
  • Si resides en el extranjero y cobras pensión española, puede aplicarse retención en origen o acuerdo bilateral.

Se recomienda consultar con un asesor fiscal especializado en fiscalidad internacional para optimizar la tributación.

Recursos útiles

  • Sede electrónica de la Seguridad Social: seguridad-social.gob.es
  • Consulta de vida laboral: Disponible en Import@ss o en Mi Seguridad Social
  • Lista de convenios bilaterales: seguridad-social.gob.es/convenios-internacionales