Pensiones por orfandad 2026: requisitos y cuantías
Guía completa sobre las pensiones por orfandad en España: requisitos, cuantías, duración y cómo solicitar esta prestación para hijos de fallecidos.
La pensión de orfandad es una prestación económica que la Seguridad Social concede a los hijos menores de 21 años (o sin límite de edad si tienen discapacidad) cuando fallece su padre, madre o ambos, siempre que estos hubieran cotizado al régimen correspondiente.
Requisitos para acceder a la pensión de orfandad
Para tener derecho a esta prestación, el solicitante debe cumplir estos requisitos:
- Edad: Ser menor de 21 años a la fecha del fallecimiento, o de cualquier edad si tiene una discapacidad igual o superior al 65%
- Parentesco: Ser hijo, adoptado o acogido del causante
- Cotización del causante: El fallecido debe haber cotizado al menos 500 días en los 5 años anteriores al fallecimiento, o 15 años a lo largo de su vida laboral
- Convivencia: En caso de pensión de viudedad, el huérfano debe convivir con el cónyuge superviviente o depender económicamente de él
Cuantía de la pensión de orfandad en 2026
La cuantía varía según el número de huérfanos y la situación familiar:
- Huérfano de uno de los padres: 20% de la base reguladora del causante
- Huérfano de ambos padres: 52% de la base reguladora del causante (si hay un solo huérfano)
- Múltiples huérfanos: La cuantía se distribuye proporcionalmente, con un mínimo del 20% para cada uno
La cuantía mínima mensual en 2026 es de 623,10 euros para huérfanos de ambos padres y de 415,40 euros para huérfanos de uno solo.
Duración de la prestación
- Hasta los 21 años: La pensión se cobra hasta que el beneficiario cumpla 21 años
- Sin límite de edad: Si el huérfano tiene una discapacidad igual o superior al 65%
- Estudiantes: Se puede mantener hasta los 24 años si se acredita que el huérfano está estudiando y no trabaja
Cómo solicitar la pensión de orfandad
El plazo de solicitud es de 5 años desde el fallecimiento. Puedes presentar la solicitud:
- Presencialmente: En las oficinas de la Seguridad Social o en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS)
- Online: A través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social con certificado digital o Cl@ve
- Por teléfono: Llamando al 901 10 65 70 o al 901 10 65 71
Documentación necesaria
- Documento de identidad del solicitante
- Certificado de defunción del causante
- Libro de familia o certificado de nacimiento
- Certificado de empadronamiento
- En caso de discapacidad: certificado de reconocimiento del grado de discapacidad
- En caso de estudiantes: certificado de matrícula y no trabajar
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