
Rescatar el plan de pensiones puede costarte el subsidio de mayores de 52 años: así lo calcula el SEPE
El rescate de un plan de pensiones se considera ganancia patrimonial a efectos del subsidio para mayores de 52 años. Si las ganancias prorrateadas superan el 75% del SMI, el SEPE puede suspender la ayuda.
Muchos trabajadores han ido aportando dinero a un plan de pensiones durante años para complementar su jubilación. Lo que no todo el mundo sabe es que, si estás cobrando el subsidio para mayores de 52 años y rescatas ese plan, el SEPE lo tiene en cuenta a la hora de comprobar el requisito de carencia de rentas.
Así lo ha explicado Fernando Maján, asesor de la subdirección de Prestaciones del SEPE, en el programa Madrid Trabaja de Telemadrid: el rescate se considera una ganancia patrimonial a efectos de la percepción del subsidio.
Cómo afecta el rescate al subsidio
El subsidio +52 exige no tener rentas propias superiores al 75% del SMI, un límite que en 2026 se sitúa en torno a los 915 euros mensuales. Cuando rescatas un plan de pensiones, el SEPE no computa todo el dinero recibido, sino solo las ganancias generadas, y además las prorratea a lo largo de 12 meses.
- Si las ganancias prorrateadas superan el límite: el subsidio se suspende durante un mes.
- Si no superan el límite: el subsidio se mantiene con normalidad.
Importante: lo primero que debes hacer si vas a rescatar el plan es comunicarlo al SEPE. El organismo elaborará los cálculos necesarios para determinar si se incumple el requisito de rentas.
Un ejemplo práctico
Imagina que rescatas 30.000 euros de un plan al que aportaste 25.000 euros:
- Ganancia patrimonial: 5.000 euros
- Prorrateo mensual: 5.000 / 12 = 416 euros/mes
Si no tienes otras rentas, esos 416 euros mensuales quedan por debajo del límite y tu subsidio sigue adelante. Pero si la ganancia fuera de 15.000 euros, el prorrateo daría 1.250 euros al mes: superarías el umbral y te suspenderían la ayuda.
Qué conviene hacer antes de rescatar
- Calcula la ganancia, no el importe total: pide a la entidad gestora el desglose entre aportaciones y rendimientos.
- Comunica el rescate al SEPE a través de la sede electrónica o en tu oficina de empleo.
- Valora el momento: si el rescate no es urgente, puede interesar esperar a tener el expediente resuelto o a jubilarte.
- Guarda la documentación: el certificado de la gestora y la comunicación al SEPE te evitarán problemas en revisiones posteriores.
Recuerda: la obligación de declarar rentas
El subsidio +52 exige además presentar una declaración anual de rentas cada mes de enero. Un rescate no comunicado que el SEPE detecte después puede derivar en una reclamación de deuda por las cantidades indebidamente percibidas, además de la posible extinción de la ayuda.
Para consultas sobre tu expediente, accede a la Sede Electrónica del SEPE o llama al 060.
Artículos relacionados
- Paro
Despedido por causas disciplinarias: también tienes derecho al paro si has cotizado un año
El SEPE considera el despido disciplinario una situación legal de desempleo. Con un año cotizado en los últimos seis puedes cobrar el 70% de tu base reguladora los primeros seis meses y el 60% después.
Fuente: SEPE
- Paro
La cobertura del paro alcanza el 87,12% en agosto, máximo histórico fuera de la pandemia
Casi nueve de cada diez desempleados protegibles recibían alguna prestación o subsidio a finales de agosto, con una inversión media de 1.203,1 euros por beneficiario, un 2,7% más que hace un año.
Fuente: Ministerio de Trabajo / SEPE
- Paro
El SEPE paga el paro de octubre el martes 13: el puente del 12-O retrasa el ingreso tres días
El día 10 cayó en fin de semana y el lunes 12 fue Fiesta Nacional, por lo que las prestaciones por desempleo se han abonado el martes 13 de octubre. El importe llega íntegro y sin modificaciones.
Fuente: SEPE